Internos del penal de Barrientos denuncian cobros de hasta 20 mil pesos para acceder a dormitorios
Testimonios señalan pagos por espacios para dormir, llamadas, alimentos y medicamentos; las acusaciones deben ser investigadas por las autoridades competentes.

El Centro Preventivo y de Readaptación Social Juan Fernández Albarrán, conocido como penal de Barrientos, en Tlalnepantla, Estado de México, enfrenta señalamientos de familiares de personas privadas de la libertad, internos y exinternos por presuntos cobros para acceder a dormitorios y conservar espacios destinados al descanso. De acuerdo con los testimonios difundidos el 25 de septiembre de 2026, las cantidades exigidas para trasladar a personas de nuevo ingreso desde los pasillos hasta los dormitorios oscilarían entre 12 mil y 20 mil pesos.
Los testimonios describen un esquema de pagos que, presuntamente, también incluiría el uso de espacios para dormir, llamadas telefónicas, acceso a determinadas áreas y la introducción de alimentos o medicamentos. Las acusaciones fueron formuladas por personas vinculadas con internos del centro penitenciario, por lo que corresponde a las autoridades competentes investigar su alcance.
Según las declaraciones recogidas en la cobertura del caso, algunas personas que ingresan al penal pueden permanecer hasta un mes en los pasillos antes de ser trasladadas a un dormitorio. Durante ese periodo, los internos dormirían en zonas cercanas a los baños o en áreas de circulación, y algunos tendrían que hacerlo sentados debido a la falta de espacio.
Un exinterno afirmó que las familias llegan a pagar entre 12 mil y 20 mil pesos para que sus familiares sean llevados a los dormitorios. También señaló que se cobrarían cantidades adicionales por conservar un espacio de descanso, conocido dentro del penal como "cantón". Otro testimonio situó el pago semanal por una plancha de concreto en aproximadamente 800 pesos, mientras que otras personas mencionaron cantidades de entre 300 y 400 pesos por conservar ese lugar.
La información disponible proviene principalmente de declaraciones de familiares, internos y un exinterno. La determinación de responsabilidades requiere la intervención de las autoridades penitenciarias, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México o las instituciones de derechos humanos, según la naturaleza de cada denuncia.
Señalamientos sobre alimentación, atención médica y llamadas
Las personas entrevistadas también describieron problemas relacionados con la alimentación y el acceso a servicios médicos. Un exinterno aseguró que algunos alimentos se entregarían en malas condiciones y que las personas privadas de la libertad tendrían que pagar cantidades adicionales para recibir comida introducida por sus familiares.
Los testimonios también hacen referencia a dificultades para obtener medicamentos. De acuerdo con una de las declaraciones, el ingreso de tratamientos médicos mediante los procedimientos establecidos puede implicar esperas prolongadas, mientras que dentro del centro penitenciario algunos internos enfrentarían costos elevados para conseguir atención o medicamentos.
En relación con las llamadas telefónicas, familiares de una persona privada de la libertad señalaron que se cobrarían 20 pesos por realizar una llamada. También mencionaron pagos asociados con la salida al patio y otras actividades dentro de las instalaciones.
Las declaraciones describen condiciones diferentes según la disponibilidad de recursos económicos de cada interno y el apoyo que pueda recibir de su familia.
La sobrepoblación en el sistema penitenciario mexiquense
El caso de Barrientos se presenta en un contexto de sobrepoblación en los centros penitenciarios del Estado de México. Documentos de planeación municipal y estatal han identificado que distintos centros de reinserción social de la entidad operan por encima de su capacidad instalada.
El problema de la saturación carcelaria también ha llegado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El 23 de septiembre de 2026, el Pleno resolvió un asunto relacionado con las condiciones de hacinamiento en el penal Neza-Bordo de Xochiaca y ordenó a las autoridades del Estado de México elaborar un plan multidisciplinario para atender la sobrepoblación, además de presentar informes periódicos sobre los avances.
La resolución estableció que el hacinamiento puede afectar los derechos humanos de las personas privadas de la libertad y ordenó la adopción de medidas dentro del ámbito de competencia de las autoridades responsables. El fallo se refiere hasta ahora al centro penitenciario de Neza-Bordo.
En el caso del penal ubicado en Tlalnepantla, los señalamientos plantean la necesidad de conocer la capacidad instalada del centro, el número actualizado de personas recluidas, las condiciones de alojamiento de los internos de nuevo ingreso y los mecanismos de supervisión utilizados por las autoridades penitenciarias.
Investigación y atención a las denuncias
Las denuncias sobre cobros por dormitorios y espacios para dormir requieren una revisión de las autoridades responsables de la administración penitenciaria. Entre los elementos que podrían contribuir a esclarecer los hechos se encuentran los registros de ingreso, los movimientos de internos entre áreas, los sistemas de cobro autorizados, las quejas presentadas por familiares y las inspecciones realizadas por organismos de derechos humanos.
Mientras se desarrolla esa revisión, los testimonios conocidos exponen denuncias sobre el acceso a espacios para dormir, la alimentación, la atención médica y los servicios cotidianos dentro del penal de Barrientos. La situación deberá ser aclarada por las autoridades competentes mediante información pública sobre las condiciones de internamiento y las acciones emprendidas frente a los señalamientos.

