Haberes de retiro de ministros: montos, prestaciones y cambios tras la reforma judicial
El análisis abarca pensiones, seguros, apoyos médicos y personal de asistencia conforme al régimen anterior y a la reforma judicial de 2024.

Ciudad de México, 30 de septiembre de 2026. Los haberes de retiro de los ministros que dejaron la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continúan bajo revisión, en un proceso que comprende las pensiones mensuales y las prestaciones asociadas al régimen anterior. La discusión se centra en los derechos adquiridos por exintegrantes del máximo tribunal y en los recursos públicos destinados a cubrir esos beneficios.
Bajo el régimen anterior, el haber de retiro podía equivaler al 100 por ciento del sueldo durante los primeros dos años posteriores a la conclusión del encargo y al 80 por ciento a partir de ese periodo. Para quienes no completaban 15 años de servicio, el cálculo se realizaba de manera proporcional, conforme a las reglas aplicables.
Además de la pensión, la documentación relacionada con el régimen de retiro contempla beneficios como seguros, apoyos médicos y personal de asistencia.
Los pagos reportados en 2025
En septiembre de 2025, el gasto mensual reportado para cubrir los haberes de retiro de 17 exministros ascendía a aproximadamente 2.2 millones de pesos, equivalente a unos 27.2 millones de pesos anuales si se mantiene ese nivel durante doce meses.
La cifra corresponde a las pensiones consideradas en ese cálculo. No debe confundirse con estimaciones más amplias que incluyen prestaciones adicionales, cuyos importes dependen de los conceptos contabilizados y de las personas beneficiarias.
Los montos individuales también presentan diferencias. Entre los factores que determinan el haber de retiro se encuentran el tiempo de servicio y las disposiciones vigentes al momento de la separación del cargo.
Cambios tras la reforma judicial
La reforma constitucional al Poder Judicial, publicada el 15 de septiembre de 2024, modificó las reglas para la integración de la Suprema Corte y estableció disposiciones transitorias relacionadas con el retiro de quienes ocupaban entonces el cargo.
Los ministros que no continuaran en el nuevo sistema quedaron sujetos a las condiciones previstas en el decreto. Las disposiciones transitorias contemplaron excepciones para quienes presentaran su renuncia dentro del periodo establecido, con efectos sobre el derecho a recibir el haber de retiro.
Ocho ministros presentaron su renuncia en octubre de 2024. Entre ellos se encontraban Norma Piña, Javier Laynez, Luis María Aguilar, Jorge Mario Pardo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara. Margarita Ríos Farjat también renunció, pero comunicó que no recibiría el haber de retiro.
La nueva integración de la Corte inició funciones en septiembre de 2025 bajo un régimen distinto. Los derechos de los exministros que se retiraron conforme a las disposiciones anteriores se rigen por las condiciones legales correspondientes a cada caso.
Revisión de las prestaciones
La nueva presidencia de la Suprema Corte anunció la revisión de los haberes y las prestaciones de ministros en retiro. El análisis incluye la adecuación de los pagos al marco constitucional y la revisión de los apoyos vinculados con el régimen anterior.
El Presupuesto de Egresos de la Federación y los documentos de remuneraciones del Poder Judicial contienen información sobre las percepciones de los servidores públicos en funciones.
La revisión administrativa y jurídica deberá precisar los conceptos aplicables y las medidas que puedan adoptarse dentro del marco legal. Los montos presupuestados, los pagos efectivamente realizados y las prestaciones reconocidas son datos distintos que deben identificarse por separado.

